El 10 de septiembre de 2026, el Tribunal Supremo dictó un auto que suspende cautelarmente la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), de quienes adquirieron la nacionalidad española al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática de 2022. Con ello, se ha suspendido su derecho a votar. La resolución merece un análisis sereno, ajeno a la polarización. Quien suscribe estas líneas redactó en 2008, como Directora General de los Registros y del Notariado, las instrucciones que articularon por primera vez el derecho de opción para los descendientes de exiliados. Esa experiencia me impulsa a tomar la palabra. Seguir leyendo